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Zoom, Microsoft y el RGPD en la UE: qué evaluar

Escrito por Digital Samba | octubre 21, 2026

La protección de datos en la Unión Europea se rige por uno de los marcos más estrictos del mundo: el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Para cualquier organización que opere en Europa, cumplirlo no es opcional, es una obligación legal.

Con el trabajo en remoto ya normalizado, muchas empresas europeas usan plataformas de videoconferencia y de comunicación en la nube de grandes tecnológicas estadounidenses. Son herramientas muy extendidas, pero alrededor de ellas siguen surgiendo dudas sobre las transferencias de datos, la jurisdicción y el riesgo normativo a largo plazo.

¿Pueden usarse Zoom o las herramientas de Microsoft (como Teams) en la UE? Sí: una empresa privada puede usarlas. La discusión está en el sector público y en los datos sensibles, sobre todo por las transferencias de datos a Estados Unidos y por leyes como la CLOUD Act. Por eso crece el interés por las alternativas europeas. Merece la pena entender bien el tema antes de elegir proveedor.

Índice de contenidos

  1. El núcleo del problema: las transferencias de datos fuera de la UE
  2. La CLOUD Act y el acceso extraterritorial
  3. El debate regulatorio en Europa
  4. Qué debe evaluar tu organización
  5. La ventaja de una infraestructura bajo control europeo
  6. Digital Samba: una alternativa europea
  7. Preguntas frecuentes

El núcleo del problema: las transferencias de datos fuera de la UE

Según el RGPD, los datos personales que salen de la Unión Europea deben estar protegidos por garantías adecuadas.

Esto se complicó con la sentencia Schrems II (2020) del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que anuló el marco Privacy Shield entre la UE y Estados Unidos. La sentencia subrayó que las leyes de vigilancia estadounidenses pueden chocar con los estándares europeos de protección de datos, en especial por el acceso de las agencias de inteligencia.

En julio de 2023, la Comisión Europea aprobó un marco nuevo, el Marco de Privacidad de Datos UE-EE.UU. (Data Privacy Framework o DPF), que da una base de transferencia válida a las empresas estadounidenses que se autocertifican. Hoy sigue vigente, pero está recurrido ante los tribunales de la UE y bajo vigilancia, y leyes como la CLOUD Act se siguen aplicando aunque exista una decisión de adecuación.

Por eso muchas organizaciones mantienen las Cláusulas Contractuales Tipo (CCT) como respaldo y hacen una evaluación de impacto de las transferencias, para comprobar si el marco legal extranjero debilita los derechos de protección de datos de la UE.

La cuestión no es si una plataforma puede operar en la UE (muchas lo hacen), sino si su estructura legal expone los datos de los clientes europeos a solicitudes de acceso bajo leyes de fuera de la UE.


La CLOUD Act y el acceso extraterritorial

Uno de los instrumentos legales más comentados en este debate es la CLOUD Act estadounidense, de 2018.

La CLOUD Act permite que las autoridades de Estados Unidos soliciten acceso a datos en manos de empresas estadounidenses, aunque esos datos estén en servidores fuera del país. En la práctica, una infraestructura alojada en la UE pero operada por una matriz estadounidense puede seguir sujeta a la jurisdicción de ese país.

Para sectores regulados (sanidad, educación, servicios financieros o administración pública), esto plantea cuestiones de cumplimiento importantes. Aunque los datos estén en centros europeos, el control legal puede no residir del todo en la UE.


El debate regulatorio en Europa

Varias autoridades europeas de protección de datos, como la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), han publicado opiniones y guías sobre el uso de ciertos servicios en la nube, sobre todo en el sector público. Esas discusiones giran en torno a:

  • Las transferencias internacionales de datos y si son lícitas.
  • Las obligaciones de transparencia.
  • El riesgo de acceso por parte de gobiernos extranjeros.
  • Las salvaguardas contractuales.
  • Las medidas técnicas de cifrado.

Hay que matizar: esas resoluciones suelen aplicarse a configuraciones concretas o a casos del sector público, no son vetos generales. Pero muestran que la certeza legal en este terreno sigue siendo difícil. En España, en el sector público también entran en juego marcos como el Esquema Nacional de Seguridad (ENS).

En paralelo, varias administraciones europeas apuestan por la soberanía digital: en enero de 2026, por ejemplo, el Gobierno francés anunció que sustituiría varias herramientas no europeas por una plataforma pública propia en su administración, por motivos de soberanía y seguridad.


Qué debe evaluar tu organización

Al elegir una plataforma de videoconferencia o de colaboración, mira más allá del precio y las funciones. Pregúntate:

  • ¿Dónde tiene su sede legal la empresa proveedora?
  • ¿Bajo qué jurisdicción opera?
  • ¿Quién controla al final la infraestructura?
  • ¿Las claves de cifrado las controla el cliente?
  • ¿El proveedor queda sujeto a leyes de vigilancia extranjeras?
  • ¿Qué salvaguardas de transferencia tiene en marcha?

El cumplimiento no depende solo de dónde esté el centro de datos. Depende también de quién tiene el control legal y de si ese control es exigible.


La ventaja de una infraestructura bajo control europeo

Para una organización que busca la máxima certeza legal, una vía es trabajar con proveedores que estén constituidos en la Unión Europea, operen bajo derecho de la UE y alojen los datos en Europa, reduciendo su exposición a leyes de acceso de fuera de la UE.

Este modelo reduce las complicaciones de las transferencias internacionales y la exposición a marcos legales que entran en conflicto. Para muchas empresas e instituciones públicas no es una cuestión de desconfianza, sino de gestión del riesgo y de claridad normativa.


Digital Samba: una alternativa europea

Digital Samba es un proveedor europeo de videoconferencia. Como empresa, está constituida en la Unión Europea: Digital Samba S.L., con sede en Barcelona y bajo derecho de la UE. Su infraestructura es europea y está operada por Digital Samba, sin grandes proveedores de nube estadounidenses (los llamados hiperescaladores) en la ruta del vídeo y el audio. Y está diseñada para cumplir el RGPD sin depender de mecanismos de transferencia transatlántica.

Ese planteamiento reduce la exposición a leyes de acceso extraterritorial como la CLOUD Act. Para quien integra vídeo en su propio producto o plataforma, Digital Samba ofrece una API y un SDK pensados para los requisitos de cumplimiento europeos. Puedes ver cómo trata los datos en su página de protección de datos.


Lo que conviene llevarte

Las plataformas estadounidenses de videoconferencia están muy extendidas y, en muchos contextos, pueden configurarse para alinearse con el RGPD. Pero el marco legal de las transferencias internacionales y la jurisdicción sigue siendo complejo.

Si has llegado hasta aquí, seguramente buscas videoconferencia pensada para el cumplimiento legal europeo, algo que no quede bajo leyes extraterritoriales de fuera de la UE. Para las organizaciones que priorizan la certeza legal, la soberanía de los datos y la simplicidad normativa, revisar la estructura jurisdiccional de sus proveedores tecnológicos es un paso necesario.

Elegir plataforma no es solo una decisión técnica: también es legal y estratégica.


Preguntas frecuentes

¿Es ilegal usar Zoom o Microsoft Teams en la UE?

No. Una empresa privada puede usarlos. El debate se centra en el sector público y en los datos sensibles, por las transferencias de datos a Estados Unidos y por leyes como la CLOUD Act. Lo importante es evaluar el riesgo según tu caso y tu sector.

¿Qué es la CLOUD Act y por qué afecta al RGPD?

Es una ley estadounidense de 2018 que permite que sus autoridades pidan acceso a datos en manos de empresas de Estados Unidos, aunque estén almacenados fuera del país. Por eso una infraestructura alojada en la UE pero operada por una matriz estadounidense puede seguir expuesta a esas solicitudes, algo que choca con el espíritu del RGPD.

¿Qué dijo la sentencia Schrems II?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló en 2020 el marco Privacy Shield entre la UE y Estados Unidos, al considerar que las leyes de vigilancia estadounidenses pueden no ofrecer una protección equivalente a la europea. Desde entonces, las transferencias a EE.UU. exigen garantías adicionales. En 2023 se aprobó un marco nuevo, el Data Privacy Framework, vigente pero aún recurrido ante los tribunales de la UE.

¿Cómo puedo usar videoconferencia cumpliendo el RGPD?

Evalúa dónde está constituido el proveedor, bajo qué jurisdicción opera, quién controla la infraestructura y qué cifrado y salvaguardas ofrece. Pide siempre su documentación de cumplimiento. Una opción es elegir un proveedor europeo que aloje los datos en la UE.

¿Qué es la soberanía digital?

Es la idea de que una organización (o un país) mantenga el control sobre sus datos y sobre la tecnología que usa, sin depender de proveedores sujetos a leyes de fuera de su jurisdicción. En la práctica, muchas administraciones europeas la aplican dando prioridad a soluciones europeas o de código abierto.

¿Hay alternativas europeas a Zoom y Microsoft Teams?

Sí. Existen proveedores europeos de videoconferencia que alojan los datos en la UE y operan bajo derecho europeo, pensados para quienes necesitan más certeza legal o quieren integrar el vídeo en su propio producto.


Da el siguiente paso

Si quieres videoconferencia pensada para el cumplimiento legal europeo, escríbenos y te contamos cómo encaja Digital Samba en tu caso.